El 25 de junio de 2024 marcó un antes y un después para los operadores de drones en España con la entrada en vigor del Real Decreto 517/2024, que sustituyó al anterior RD 1036/2017. Esta nueva normativa adapta la legislación nacional a los estándares europeos y responde a las necesidades de un sector en constante evolución. A continuación, analizamos los principales cambios y lo que significan para los usuarios recreativos y profesionales.
Contexto y objetivos de la nueva normativa
La actualización del marco normativo tiene como finalidad:
- Alinear la legislación nacional con el Reglamento Europeo 2019/947, que regula el uso de drones en toda la Unión Europea.
- Fomentar la seguridad aérea y la protección de la privacidad, especialmente en áreas urbanas.
- Impulsar el crecimiento del sector comercial, permitiendo una mayor integración de drones en actividades industriales, logísticas y de investigación.
El RD 517/2024 introduce cambios significativos en la categorización de los vuelos, los requisitos para los pilotos, y las obligaciones de registro e identificación de las aeronaves.
Principales novedades del RD 517/2024
1. Nuevas categorías operativas
Se mantiene la estructura europea de categorías de operación:
- Abierta: Para operaciones de bajo riesgo, como vuelos recreativos.
- Específica: Para actividades comerciales o vuelos con mayor riesgo.
- Certificada: Para operaciones de alta complejidad, como transporte de mercancías peligrosas o vuelos tripulados a distancia.
El RD 517/2024 amplía los requisitos para la categoría específica, estableciendo protocolos más detallados de evaluación de riesgos (SORA) y facilitando autorizaciones para empresas que operan regularmente en entornos controlados.
2. Cambios en los requisitos de formación
- Usuarios recreativos: Ahora es obligatorio realizar un curso básico online proporcionado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), incluso para drones menores de 250 g si están equipados con cámaras.
- Operadores profesionales: Se establece una formación más estricta para categorías específicas y certificadas, que incluye simulaciones prácticas y actualizaciones periódicas.
3. Registro y etiquetado obligatorio
Todos los drones, independientemente de su peso, deben estar registrados en una plataforma centralizada gestionada por la AESA. Además, es obligatorio portar un identificador remoto que permita su seguimiento en tiempo real por las autoridades.
4. Restricciones ampliadas para zonas urbanas y espacios protegidos
El nuevo RD endurece las limitaciones para volar en zonas urbanas densamente pobladas y áreas cercanas a infraestructuras críticas. Los vuelos en parques nacionales también estarán estrictamente controlados, salvo para actividades autorizadas de investigación o conservación.
5. Incentivos para la innovación
Se han creado canales específicos para empresas que deseen probar tecnologías innovadoras en entornos controlados, fomentando el desarrollo de sistemas autónomos y vuelos BVLOS (más allá de la línea de visión del piloto).
Impacto en usuarios y empresas
La nueva normativa refuerza la seguridad y responsabilidad en el uso de drones, pero también introduce retos para algunos operadores:
- Usuarios recreativos: Aunque las exigencias son mayores, las herramientas de formación gratuita y el acceso a mapas interactivos facilitarán el cumplimiento de las normas.
- Empresas: El aumento de requisitos iniciales se compensa con una mayor claridad legal y oportunidades para integrar drones en sectores como la logística, la agricultura de precisión y el transporte.
Para obtener información detallada sobre esta normativa, recomendamos consultar el texto completo del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado y las guías proporcionadas por AESA.