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¿Podemos volar en zonas LIC o ZEPA?

Que son las Zonas ZEC, LIC Y ZEPA

A nivel europeo existe la Red Natura 2000, una red ecológica destinada a la conservación de áreas de biodiversidad, formada por Zonas Especiales de Conservación (ZEC), Lugares de Importancia comunitaria (LIC), y Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA).

Sobre estas zonas protegidas, la Ley 33/2015 que modifica la 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, en su Disposición adicional undécima : “Uso del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo”, en el apartado 1 cita textualmente:
Las limitaciones o prohibiciones de vuelo a las aeronaves en los espacios naturales protegidos y en los espacios protegidos de la Red Natura 2000 se establecerán por el Gobierno de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.”

Según el art. 3 de la Ley 48/1960, El Gobierno podrá fijar las zonas en que se prohíba o restrinja el tránsito de aeronaves sobre territorio español.

Ley de Patrimonio natural y la biodiversidad

Según indica la Ley de Patrimonio Natural y la Biodiversidad, el Gobierno es el órgano facultado para establecer las prohibiciones y limitaciones para el vuelo de aeronaves (incluidos los RPA) en los espacios naturales. El problema es que no existe legislación a nivel nacional que regule o prohíba el vuelo de aeronaves no tripuladas y que sirva por igual para todos los espacios naturales protegidos.

Con el fin de conocer dichas restricciones deberemos consultar las legislaciones autonómicas, o bien, como en el caso de las ZEPA y los LIC, consultando el plan de ordenación y gestión que es exclusivo de cada zona. En estos planes, que se suelen publicar en el Boletín de la Comunidad Autónoma, se pueden encontrar las limitaciones o restricciones para el vuelo de aeronaves.

Está prohibido realizar actividades que puedan molestar o perjudicar a la fauna silvestre

La mejor recomendación para programar un vuelo con un RPA sobre estas zonas y siempre que no tengamos claro si se trata o no de una zona protegida es:

  • Consultar en alguna de las diferentes aplicaciones que existen, o en el enlace: http://sig.mapama.es/bdn/visor.html
  • Si la zona donde pretendemos volar drones en España está dentro de un espacio protegido, lo siguiente será buscar la documentación relativa a dicho espacio, en el siguiente enlace de la Web del Ministerio de Medio Ambiente, donde encontrareis amplia información de cada una de las zonas, incluyendo un enlace al Boletín correspondiente donde están los planes de gestión y conservación.

Si finalmente está prohibido el vuelo, dependiendo del tipo de trabajo aéreo que tengamos que realizar, siempre existe la posibilidad de intentar obtener una autorización por parte del organismo gestor del espacio natural protegido.

Siempre es conveniente antes de volar nuestro dron, que nos documentemos lo mejor posible sobre el área de vuelo, recabando información de los diferentes organismos. Y ante la duda, no mejor preguntar a los Agentes Forestales, que son los profesionales que mejor nos pueden informar sobre la fauna y la flora del lugar.

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